Expediente N° 1205-D-13-02369
Que la Ley N° 4934/84 establece que:
Tendrán prioridad para llevar adelante la enseñanza quienes posean titulo docente; se presenta adecuado a Ia propuesta que el docente de grado tenga continuidad en el acompañamiento de sus alumnos para darle coherencia y consistencia a la práctica docente y al aprendizaje de los alumnos;
Que aquellos que se desempeñan
actualmente como docentes de grado en las escuelas y secciones donde se aplica la Jornada Escolar Extendida hayan ingresado como docentes mediante concurso en los que han acreditado su idoneidad, su capacidad y el respeto de la normativa vigente.
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